CONDICIONES TECNICO SANITARIAS DE LOS CENTROS DE CUIDADO Y RECREO INFANTIL Y DE ESCUELAS INFANTILES II
Escrito por EQA LICENCIAS URBANÍSTICAS viernes Oct 21, 2011CONDICIONES TECNICO SANITARIAS
– Los materiales de suelos, paredes y techos contarán con superficies lisas, continuas, lavables e impermeables, de fácil limpieza y desinfección (no siendo autorizables los revestimientos textiles) y contarán con suelos antideslizantes.
– En las áreas de juego, el suelo será de material absorbente a los impactos (especialmente en centros de juegos)
– Los acabados interiores se evitarán superficies rugosas duras o agresivas, aristas en esquinas, resaltes de fábrica o desniveles, a menos que estén protegidos
– El mobiliario deberá ser de material lavable, sin aristas ni salientes
– Las cunas deberán ser de material y medidas homologadas con acceso al niño desde al menos un lateral
La zona de paso con una anchura mínima de 50cm
– Respecto al equipamiento del material de juego (columpios, toboganes, etc):
• deberá ser material y medidas homologadas
• Se ubicará en el interior de una zona vallada y acotada
– Los enchufes o tomas de corriente estarán protegidos y colocados en lugares inaccesibles para los niños.
– La ventilación de las salas y estancias donde los niños estén de forma habitual será directa y natural. En el resto de las dependencias podrá ser forzada.
– Respecto a las ventanas serán deslizantes y únicamente practicables por adultos, ademas estarán dotadas de persianas: que permitan regular la claridad (en zonas de aprendizaje y descanso) y contarán con sistemas que eviten caídas
– Las salas de permanencia habitual dispondrán de luz natural que se podrá completar con luz artificial.
– Respecto a la climatización de los locales, la instalación deberá garantizar una temperatura >20 oC
– Si los calefactores pudieran dar lugar a quemaduras deberán estar protegidos (que totalmente prohibido el uso de estufas o chimeneas de combustión directa)
– Dispondrán de agua potable fría y caliente. Las aguas residuales abocarán a la red de alcantarillado: con conducciones y arquetas de material apropiado. Los materiales que entren en contacto con el agua no transmitirán elementos que supongan riesgo para la salud pública.
– Las paredes, suelos y techos de material impermeable de fácil limpieza y desinfección. Los lavabos contarán con agua potable fría y caliente.
– Si existe zona de bar se instalarán servicios higiénicos destinados al público con separación de sexos.
– Los sanitarios de tamaño adecuado para uso infantil y colocados a la altura apropiada.
– Las paredes, suelos y techos de material lavable de fácil limpieza. La dependencia será aislada y ventilada y no comunicará ni será zona de paso hacia las salas de estancia de los niños, salas y/o zonas de preparación de alimentos o zonas de higiene y contarán con toma de agua y desagüe
– Si se facilitan alimentos a niños menores de 1 año: en la cocina o en la sala de recepción de alimentos o en espacio anexo a la salas de bebes existirá una zona para la preparación e higiene de biberones
– Si la comida es servida por cocina central o en centros de recreo, existirá una zona de manipulación de alimentos que deberá cumplir las siguientes características:
• Deberá estar Independizada y de uso exclusivo
• Contará con pila fregadero para la limpieza de los útiles
• Tendrá lavamanos de acción no manual con agua fría y caliente
• Si el menaje se lava en el establecimiento, dispondrán de lavavajillas de desagüe automático
• La mesa de trabajo y estanterías de material liso de fácil limpieza y desinfección
• Los elementos industriales para el mantenimiento en caliente o en refrigeración de comidas
• Almacén no frigorífico
– Además, si en el centro existe cocina se deberá cumplir lo establecido en el “Protocolo de condiciones sanitarias para la instalación de bares, cafeterías, restaurantes y similares”
– En caso de que el establecimiento disponga de una zona de barra para adultos, ésta se encontrará separada del resto de las dependencias.
Dependiendo de la manipulaciones realizadas en esta zona de barra, cumplirá lo establecido en el “Protocolo de condiciones sanitarias para la instalación de bares, cafeterías, restaurantes y similares” .