NUEVAS ACTIVIDADES INCLUIDAS EN LA DECLARACION RESPONSABLE
Escrito por EQA LICENCIAS URBANÍSTICAS martes Dic 3, 2013La ley 14/2013 de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización modifica la Ley 12/2012 de liberación del Comercio.
Así pues a través de esta nueva ley se han añadido nuevos epígrafes de actividades que pasarían a tramitarse por el procedimiento de Declaración Responsable, tales como academias, galerías de arte, locutorios, bibliotecas, artes gráficas, fabricación de artículos de cuero…..
Por lo que estas actividades podrán tramitarse a través de cualquiera de las dos modalidades de Declaración Responsable recogidas en la modificación de la OGLUA: con Certificado de Conformidad y sin Certificado de Conformidad.
Recordar que la tramitación sea con Certificado o sin Certificado el contenido general de la Declaración Responsable es es el establecido en el art. 61 de la modificación de la OGLUA.
1. La declaración responsable contendrá, en todo caso, la siguiente información:
a) Identificación del titular de la actividad y en su caso, de su representante.
b) Identificación y superficie del local.
c) Objeto de la declaración responsable.
d) Viabilidad urbanística de la actuación que se pretende realizar.
e) Que el local no se ubica en un inmueble declarado Bien de Interés Cultural o Catalogado.
f) Cumplimiento de la normativa sectorial de aplicación.
g) Haber obtenido los informes favorables que sean preceptivos y vinculantes y las autorizaciones previas exigidas por la normativa sectorial para la realización de la actuación urbanística pretendida.
2. El titular de la actividad podrá realizar su actuación urbanística para implantar, modificar o ejercer su actividad, con la presentación del modelo normalizado de declaración responsable aprobado por el Ayuntamiento de Madrid, debidamente cumplimentado, y acompañado, como mínimo, de los siguientes documentos:
a) Proyecto técnico cuando proceda.
b) Autoliquidación, cuando proceda, del Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras, y la tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local, así como de otros tributos que pudieran corresponder.
c) Escritura de constitución de la persona jurídica titular de la actividad, en su caso.
d) Copia cotejada o autenticada del documento acreditativo de la representación, en su caso.
e) Acreditación del pago del precio a la entidad colaboradora de su elección, de conformidad con lo establecido por el artículo 3 de la Ley 2/2012, de 12 de junio, de Dinamización de la Actividad Comercial en la Comunidad de Madrid.