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Licencias Urbanisticas en Madrid

PISCINAS

martes May 17, 2011

El Anexo III de la OGLUA recoge que las ECLUS tramitarán por Procedimiento Ordinario Abreviado la construcción de piscinas y edificaciones auxiliares anejas (aquellas construcciones auxiliares y otras edificaciones, independientes de la vivienda principal situadas en la misma finca)

Desde EQA Licencias Urbanísticas queremos hacer un pequeño repaso de la normativa de aplicación, así como las características técnicas exigibles a las mismas.

MODALIDADES DE VASOS:

Las piscinas pueden diferenciarse en

a) De chapoteo o infantiles:

-Se destinarán a usuarios menores de seis años.

-Su emplazamiento será independiente de la zona de adultos.

-La profundidad no excederá de 0.50m y el suelo no ofrecer pendientes superiores al 6%.

-Los sistemas de depuración y filtración serán independientes del resto de los vasos

b) De recreo o polivalentes:

-Tendrán una profundidad mínima adecuada al uso al que se destinen

-Profundidad máxima 3m, aumentando la pendiente progresivamente.

-Hasta 1.40m la pendiente no >6%y señalizada en paredes del vaso y andén

-En vasos de superficie de lámina = ó> 250mcuadrados se señalizará a profundidad mínima

REQUISITOS TÉCNICOS

1.Condiciones constructivas de los vasos

Su construcción asegurará la estabilidad, resistencia y estanqueidad (Art8.1 OPIS), además éstas no tendrán ángulos ni recodos ni obstáculos que dificulten la circulación y renovación del agua (Art.8.2 OPIS)

Las paredes y el fondo estarán revestidos de materiales lisos, impermeables, antideslizantes y resistentes a los agentes químicos (Art8.4 OPIS)

Además, serán de color claro con el fin de permitir apto para la limpieza y desinfección (Art. 8 D80/98), la visión del fondo, apto para la limpieza y desinfección (art.8 D80/98)

Los cambios de profundidad se resolverán mediante pendientes que serán como máximo:

– En piscinas infantiles: máxima 6%

-En las de recreo o polivalentes:

+10%hasta la profundidad de 1400mmy

+35%en el resto de la zonas

Además, se señalarán de forma visible, al menos en el vaso y andén, los puntos donde se supere la profundidad de 1,40m. Se señalará la máxima y mínima profundidad

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